UNA NUEVA ERA DE VIGILANCIA LABORAL

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En un giro significativo en la jurisprudencia laboral española, el Tribunal Supremo ha establecido un precedente que podría cambiar la forma en que las empresas supervisan a sus empleados. En una reciente sentencia, el alto tribunal ha determinado que no es necesario que existan sospechas fundadas para que una empresa contrate a un detective privado para seguir a un trabajador.

Este fallo surge de un caso en el que un empleado fue despedido por incumplimientos graves, incluyendo trabajar bajo la influencia del alcohol. El despido se basó en pruebas obtenidas por un detective privado, pero tanto el Juzgado de lo Social como el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declararon el despido nulo, considerando la prueba como ilícita y una violación de la intimidad del trabajador.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de casación interpuesto por la empresa, argumentando que la necesidad de indicios previos de incumplimiento laboral para justificar la vigilancia podría hacer inútiles otros elementos probatorios. Esta decisión subraya la importancia del correcto cumplimiento de los deberes laborales y el derecho del empresario a adoptar medidas de vigilancia, siempre que se respete la dignidad y la intimidad de los trabajadores.

La sentencia del Tribunal Supremo recalca que la vigilancia no debe realizarse en el domicilio del trabajador ni en lugares reservados, manteniendo así un equilibrio entre los derechos del empleado y las facultades de control del empleador. Este fallo podría tener implicaciones significativas en las relaciones laborales, otorgando a las empresas una herramienta más para asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales, pero también planteando preguntas sobre los límites de la privacidad en el lugar de trabajo.

El debate está servido: ¿hasta dónde puede llegar una empresa en la supervisión de sus empleados? ¿Qué medidas se consideran proporcionales y cuáles invasivas? El tiempo y futuras sentencias nos darán más claridad sobre estas cuestiones, pero por ahora, el Tribunal Supremo ha abierto la puerta a una nueva era de vigilancia laboral en España.